Hoy, 15 de febrero de 2018, se ha publicado, en el Diario Oficial de la Unión Europea, una Resolución del Parlamento Europeo, adoptada hace casi dos años, el 12 de abril de 2016, sobre El papel de la UE en el marco de las instituciones y los órganos financieros, monetarios y reguladores internacionales.
Se queja el Parlamento, y no es la primera vez que lo hace, de que la Unión Europea “no es capaz de hablar con una sola voz en las instituciones y los organismos internacionales” dedicados a la actividad financiera. Reclama que la Unión se integre como miembro de pleno derecho en instituciones financieras internacionales “en las que todavía no participa como tal”, como el FMI o en la OCDE. Considera, y lo dice suavemente, que son “perjudiciales para la Unión las situaciones en las que un representante de un Estado miembro o de una autoridad nacional asume, en el contexto de una organización u organismo mundial, posiciones contrarias a las decisiones legislativas o reguladoras europeas”.
Algo parecido dijo el Parlamento Europeo hace unos años. En su Resolución de 11 de mayo de 2011, sobre la UE como actor global: su papel en organizaciones multilaterales (curiosamente publicado el 7 de diciembre de 2012), ya dijo que “debe presentarse una opinión única cuando se trata de contribuir a la gobernanza económica y financiera internacional, dadas las competencias económicas y monetarias de la UE”. Recordó que Alemania, el Reino Unido y Francia “disponen actualmente de puestos en el FMI”, pero califica la representación económica y financiera exterior como “ineficaz”, “que limita la influencia de la UE, a pesar de que los Estados miembros de la UE reúnen conjuntamente más del 30% de los votos del FMI”. Instaba, “dado que la política monetaria es, para los Estados miembros que comparten una moneda única, una competencia exclusiva de la UE, a acordar rápidamente un puesto común y una circunscripción común en el Consejo de Administración del FMI”. Apuntaba, en fin, que “el BCE es sólo un observador para los puntos del orden del día que le conciernen”. Insiste en la necesidad de que la Comisión y el BCE, como órganos de la Unión competentes para las políticas monetaria y económica, “obtengan el estatuto de observadores de pleno derecho en el Consejo de Administración del FMI para poner fin a la anomalía persistente que constituye su representación insuficiente en este órgano”.
En el BOE de hoy, también con algo de retraso, se publica el Acuerdo de préstamo entre el Reino de España y el Fondo Monetario Internacional, hecho en Madrid y Washington el 12 y 30 de mayo de 2017, por el que España, “para aumentar los recursos financieros que se encuentran a título provisional a disposición del Fondo Monetario Internacional”, acuerda prestar una cantidad en Derechos Especiales de Giro (DEG) de hasta el equivalente a 14.860 millones de euros.
Resoluciones o acuerdos, publicados con más o menos retrasos, que deberían sugerir a los lectores algunas reflexiones.